Aplicación "levantamiento de velo"

Buenas tardes. Antes de nada me gustaría agradecerle el tiempo dedicado en aclararnos un poco sobre todos estos líos legales.
Mi duda es la siguiente. Me gustaría saber si es muy usual que los jueces apliquen la teoría del "levantamiento de velo" sobre los administradores únicos de las SL cuando éstas son condenadas pero no tienen ni dinero ni activos sobre los que poder ejecutar la sentencia. Es decir, ¿la SL en cuestión no cuenta ni con los 3.000? De su constitución, y el administrador único ha actuado correctamente y con total claridad ante la parte demandante, incluso llegó a un acuerdo para zanjar la deuda antes de que se llegara a los juzgados, pero a última hora la parte demandante retiró su palabra y exigió una cantidad de dinero mayor para no seguir adelante con la demanda.
Gracias

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En cuanto a la teoría del levantamiento del velo, bajo nuestra experiencia particular, si bien es muy nombrada, no resulta tan aplicada como parece. Una de las razones, es que la misma, muchas veces se deja caer, por la parte contraria en procedimientos civiles en los que no ha lugar a ella, y en los que el nexo causal no es claro. Lo cierto, es que las veces que se aplica, suele ser con pruebas indubitadas, y en procedimientos penales.
Poco más te podemos decir al respecto, esperamos haberte ayudado, agradeceríamos valoraras la respuesta.

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