Usufructo vitalicio

Hola, mi pregunta es la siguiente.
Un bien que está en usufructo vitalicio, una vez que fallece el usufructuario, el propietario del bien ¿qué pasos y gastos tiene que hacer frente para que ese bien quede al 100% registrado a nombre del propietario?
Muchas gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
El propietario del bien no tiene por qué esperar a que el usufructuario fallezca para registrarlo. Para que el propietario conste como tal en el registro se debe presentar en el mismo la escritura pública que le acredite como tal y pagar los gastos registrales e impuestos correspondientes.
Gracias por su respuesta,
el caso concreto trata de un garaje donde tengo la nuda propiedad 100% y los usufructuarios (que son mis padres) están al 50%.
La cuestión es que mis padres quieren dejar de aparecer como usufructuarios y que quede a mi nombre, dado que yo fui quien compró el garaje. ¿Cómo podemos hacerlo, qué pasos hay que seguir?
Muchas gracias de nuevo.
Tienen que ir donde un notario para que les haga la escritura en la que se cancele el usufructo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas