Indemnizaciones, etc

Hola te cuento un poco, en el mes de junio del 2009 no fui renovado por la empresa donde trabajaba, fue ahí que solicite una indemnización por cantidades, extras y nocturnidades.
Pasamos a conciliación y nada de nada así que fuimos a juicio, la empresa que trabajaba era de transportes y el coche en el que andaba yo tenia instalado un localizador gps por lo cual antes del juicio pedimos como prueba un informe desde el comienzo de mi relación laboral hasta enl final de la misma, para justificar las cantidades.
En el primer juicio la parte demandada alega que no se entrega la prueba porque la tienen que solicitar a la empresa que les brinda el servicio en Valladolid y que no llego a tiempo por lo cual se suspendió el juicio.
En el segundo juicio la semana pasada presentaron el informe día a día de nueve meses solicitados en folios por lo cual el juez volvió a suspender el juicio para que la parte demandante pudiera verificar los datos y quedo la prueba en autos .
El viernes pasado fui a juzgado a verificar los datos y confirme que la prueba la tuvieron en todo momento ya que la empresa que suministra el servicio de localización de vehículos gps incluye un software con acceso al histórico de datos y los datos suministrados son sin caratula de la empresa (imprimidos en casa) por lo cual todo este tiempo an estado ganando tiempo y mintiendo al juez.
Mi pregunta es la siguiente:
Si se puede probar que estuvieron dando largas a la presentación de la prueba y engañando tanto al ministerio fiscal como a la parte demandante, se puede pedir alguna indemnización por el tiempo perdido a raíz de las mentiras, ¿ademas de las cantidades solicitadas?
Yo soy de Uruguay, en mi país se que se puede ganar el juicio con un caso así pero no se si acá en España es igual, lo dejo en tus manos que eres el experto y muchas gracias y un abrazo.

2 respuestas

Respuesta
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Yo soy argentino, y practico el derecho en Buenos Aires, de modo que no podre ayudarte con tu inquietud, ya que desconozco el derecho sustantivo de españa ni los códigos procesales de ese país.
Fíjate si encuentras un experto en derecho localizado en España.
Respuesta
Si ya tiene abogado para ese asunto debería consultárselo a él, ya que conoce mejor que yo la reclamación. Sin embargo le digo que para que le indemnicen por ese tiempo perdido tienen que haberse producido unos daños o perjuicios valorables económicamente.

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