Dudas sobre las costas de un juicio
Buenos días.
Le expongo mi problema:
¿Hace unos meses mi comunidad de vecinos me reclamó una deuda de 886,52? Para lo que me citó a juicio. Me puse en contacto con el abogado de la comunidad y me explicó que si en la fecha prevista para el juicio la deuda estaba saldada no hacía falta mi comparecencia y que él así lo haría constar y se acababa todo, ¿no procediendo la condena en costas puesto que el importe de la deuda era inferior a 900?.
El juicio se celebró el 01/02/2010 y ayer recibí la sentencia, y mi sorpresa es que a pesar de lo hablado con el abogado el juicio se celebra y se me declara en rebeldía por no comparecer. Además, a pesar de manifestar ante el juez que la deuda está saldada en esa fecha, ¿la comunidad expone que ahora hay una nueva deuda en concepto del 1º trimestre de 2010 por importe de 125,49? (Ésto es falso ya que dicha cantidad se abona el 22/01/2010, de lo cual tengo justificante).
¿La jueza falla condenarme al pago de los 886,52?, señalando que dicha deuda ya ha sido abonada, y me condena al pago de las costas, ¿desestimando la reclamación de los 125,49? Por ser una deuda posterior.
He hablado con el abogado de la comunidad y me ha dicho que no pasa nada, que todo está arreglado y que me mandará una carta eximiendo del pago de cualquier cantidad, blablabla, pero claro, yo ya no me fío de él porque las palabras se las lleva el viento y ya me la ha jugado una vez.
Sólo tengo cinco días para interponer recurso ¿QUÉ HAGO?
Muchas gracias de antemano por su tiempo.
Le expongo mi problema:
¿Hace unos meses mi comunidad de vecinos me reclamó una deuda de 886,52? Para lo que me citó a juicio. Me puse en contacto con el abogado de la comunidad y me explicó que si en la fecha prevista para el juicio la deuda estaba saldada no hacía falta mi comparecencia y que él así lo haría constar y se acababa todo, ¿no procediendo la condena en costas puesto que el importe de la deuda era inferior a 900?.
El juicio se celebró el 01/02/2010 y ayer recibí la sentencia, y mi sorpresa es que a pesar de lo hablado con el abogado el juicio se celebra y se me declara en rebeldía por no comparecer. Además, a pesar de manifestar ante el juez que la deuda está saldada en esa fecha, ¿la comunidad expone que ahora hay una nueva deuda en concepto del 1º trimestre de 2010 por importe de 125,49? (Ésto es falso ya que dicha cantidad se abona el 22/01/2010, de lo cual tengo justificante).
¿La jueza falla condenarme al pago de los 886,52?, señalando que dicha deuda ya ha sido abonada, y me condena al pago de las costas, ¿desestimando la reclamación de los 125,49? Por ser una deuda posterior.
He hablado con el abogado de la comunidad y me ha dicho que no pasa nada, que todo está arreglado y que me mandará una carta eximiendo del pago de cualquier cantidad, blablabla, pero claro, yo ya no me fío de él porque las palabras se las lleva el viento y ya me la ha jugado una vez.
Sólo tengo cinco días para interponer recurso ¿QUÉ HAGO?
Muchas gracias de antemano por su tiempo.
1 respuesta
Respuesta de Julen Zarraga Abogado
1