Trabajos en Carpintería

Buen día
Quiero consultar sobre un caso en particular que le ocurrió a un familiar
Cerca de donde vive la persona afectada, existe una mueblería, allí se acerco para que le realizaran una cama con ciertas características, el dueño de la mueblería acepto la solicitud de hacer la cama.
La persona afectada, le entrego una madera especial para que hicieran la cama y le entrego un abono de $1.000.000 para que iniciara sus labores, al pasar de los días el señor cerro el negocio y salio del país, sin brindar soporte alguno y sin devolver los materiales (madera) ni el dinero; pasaron los meses y el dueño regreso al país, deportado y reinicio sus actividades en el mismo local y haciendo lo mismo.
Este señor no quiere regresar el dinero porque afirma que no lo tiene y al mismo tiempo le informa al afectado que la madera no la tiene y no se la puede reponer.
Que accione jurídicas se pueden interponer para que el señor regrese el dinero y al mismo tiempo responsa por el material entregado.
Agradezco su respuesta
Oscar A

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La acción jurídica seria una demanda y depende de la situación del señor abría que hacer varias
1. Si el afectado guarda un recibo firmado por el señor que hace los muebles el procedimiento es un proceso ejecutivo por obligación de hacer, aquí la prueba reina y titulo valor seria el recibo. Otra solución teniendo el recibo o factura es acudir a los juzgados para lograr la resiliacion es decir desbaratar el contrato el señor regresa la madera y la plata, pero claro esta es otra opción. No olviden que en los procesos ejecutivos de mínima cuantía los puede presentar directamente el afectado sin necesidad de acudir con abogado y están exentos del cobro de arancel judicial para la notificación al demandado, es decir, el arancel judicial es como un pequeño impuesto que se paga a ordenes del consejo de la judicatura pero aclaro no es un impuesto como tal lo digo así para hacerme entender.
2. Es la más difícil y costosa de lograr pero no imposible, se trata de interponer un proceso ordinario para probar ante el juez que realmente si existió un contrato, y como se prueba, con fotos, testimonios presenciales solamente, con videos que hagan del el o grabaciones donde manifieste o que de a entender que si contrato efectivamente con el afectado y demás. Aquí se trata de demostrar que existió un contrato de obra o labor y después si demandarlo ejecutivamente. Claro esta que este proceso se hace cuando el afectado efectivamente no posee ni recibo factura que demuestre la labor encomendada. Aquí necesitaras UN ABOGADO TITULADO QUE TE REPRESENTE.
3. Acudir a un centro de conciliación y más aun cuando el afectado no tiene ni factura o recibo, esta solución es amigable, en el centro de conciliación especializados te cobraran una tarifa para realizar dicha conciliación, se busca este método para que en un medio escrito el señor firme un acuerdo de pago y ese documento firmado servirá en un futuro si no se cumple para demandarlo vía ejecutiva, por lo general al afectado no le cumplen pero eso no nos importa en esta etapa, lo que importa aquí es que el señor de los muebles firme un DOCUMENTO en el cual se comprometa a realizar la cama o devolver el dinero y la madera o pagar la madera si es que ya no la tiene.
MI CONSEJO es si el afectado tiene recibo o factura de una vez lo demande vía ejecutiva (ver 1.); si se opta por esta pueden acercarse a un consultorio jurídico que es un servicio gratuito que prestan las universidades donde existe la carrera de derecho ellos sin costo alguno pueden escuchar el caso y redactarte la demanda no olvidemos que el afectado para este caso por tratarse de un proceso ejecutivo de mínima cuantía no necesitas abogado para interponer la demanda, pero si es el caso en el consultorio jurídico también pueden representarte sin costo alguno, yo se que son los estudiantes que llevarían el caso o redactarían la demanda pero no olvides que todo esto se hace bajo la supervisión de profesores que son abogados experto en la materia.
SI EL AFECTADO no tiene futura o recibo mi consejo es que acuda a un centro de conciliación reconocido y pidan que citen al señor de los mueble para arreglar, si optan por esta solución importante tener en cuenta:
a) No tienes factura o recibo, así que es muy probable que tengas que hacer descuentos con el señor de los muebles, sé que no es justo pero tú decides si perderlo todo o recuperar algo no se te olvide que no tienes factura o recibo Y TE SERA MUY DIFÍCIL DEMOSTRAR QUE SI EXISTE UN CONTRATO.
En la conciliación no te pongas de valiente diciéndole que entonces no concilias porque en este evento tu eres el que pierdes. Cabe recordar que por ley no se puede tener como confesión todo lo que él diga ya que únicamente y solamente se tiene en cuenta un acuerdo escrito, es decir, que no te servirá para nada llevarte una grabadora y tenerle una confesión y demandarlo con esta, es claro que el objetivo aquí es que tu obtengas un titulo valor que en este caso será el acuerdo conciliatorio ya que si el señor no cumple el acuerdo tu podrás demandarlo vía ejecutiva sin ningún problema, te aclaro que en los ejecutivos se necesita únicamente el titulo valor que para tu caso puede ser la factura o recibo o el acuerdo conciliatorio y en este proceso el único que lleva las de perder es el señor de los muebles, pero no se te olvide si no tienes factura o recibo sra con la mejor actitud tuya le demuestres que tu lo entiendes que le darás un plazo y es más un descuento, lo importante es que se firme un acuerdo un documento.
Los centros de conciliación son la cámara de comercio donde te cobran o los consultorios jurídicos de las universidades donde la conciliación no tiene costo.
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