Arrendadora con mala fe

Entré en octubre del 2008 en un alquiler con opción compra. El primer año las mensualidades serían de 800 y pasado el primer año, pasarían a ser de 1200 sin opción de compra (según la dueña esa cláusula se pone para que, o compre el piso o me vaya). Yo desde el momento de firmar ya le digo a la dueña que si pasado el año no me dan la hipoteca me iré. Un mes antes de cumplir el año aún no he conseguido hipoteca y se lo digo a la dueña, diciéndole que aunque hay un banco que aún no me ha contestado, no pienso pagar 1200 euros y me voy. Me dice que tranquila, que le siga pagando 800 y me quede hasta ver si me dan o no la hipoteca pues ella lo que quiere es vender el piso. Me baja el precio del piso de palabra, porque si no, no me daban la hipoteca. En noviembre taso el piso y cuando la llamo para decirle que la tasación ha resultado bien y que vamos adelante con la compra, me dice que ha encontrado un comprador que le ofrece más, y que, o le pagamos más (que el banco no nos daba tanto) o nos vaya inmediatamente del piso. Un poco alucinados, miramos la hipoteca con otro piso más barato y nos vamos para no tener problemas. Le dejamos el piso perfecto. Le devuelvo las llaves y firmamos un papel en el que sólo pone que hago entrega de llaves tal día. Ahora recibo una carta certificada de su abogada donde me insta a negociar con ella una indemnización o me reclamará por juzgado: 400 euros de la diferencia hasta 1200, 1200 del último mes que no pagué pues pacté con ella que era a cambio de la fianza, y 10 meses por 1200 euros hasta completar el siguiente año, según ella, por incumplir el contrato. Todo esto después de que ella me ha presionado de malas maneras para dejar el piso y cuando fue ella quien me dijo que me quedara hasta que supiera lo de la hipoteca y que le pagara 800.
¿Es sólo una carta para meterme miedo o puede reclamarme 14000 y pico euros por juzgado? Es decir, ¿le compensa gastarse en abogados y procurador?
¿Qué puedo hacer yo ahora?
Todo esto sin contar que el contrato ya lo hizo a mala fe, pues me dijo que como era opción compra la abogada le dijo que yo tenía que pagar ibi, comunidad, derramas... Y así lo firmamos pues me fié de su palabra y ahora resulta que eso no me pertenecía a mí.
Muchas gracias

2 Respuestas

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Se puede reclamar cualquier cantidad, sea judicial o extrajudicialmente (como ocurre en este caso), al final lo que importa es si el juez piensa que el reclamante ha demostrado tener derecho completamente a lo que reclama (entonces se le condenaría a usted a pagar la cantidad y las minutas de abogado y procurador), o si tiene derecho en parte (entonces la arrendadora pagaría sus minutas y usted las suyas), o si no tiene derecho (se condenaría a la arrendadora a pagar las minutas del abogado y procurador de usted).
Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado. ¿Por ello entiendo que la clausula en la que se establece que la renta a a partir del segundo año pasa a 1200? Es nula de pleno derecho y usted no está obligada a cumplirla, debería pagar esa cantidad, en su caso, a partir del sexto año.
Lo que puede hacer ahora es, como se hace en cualquier reclamación, intentar negociar con la abogada, directamente o, lo que es más recomendable, a través de un abogado, o esperar a que se presente la demanda en el juzgado.
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Por poder puede meterte miedo con esa carta.
También puede reclamarte esos 14000 euros en el juzgado, otra cosa es que lo consiga porque al no haber nada firmado no puede demostrarlo.
Con esa suma si le compensa gastarse el dinero en abogados pero claro, no se sabe hasta que punto conseguirá lo que pretende.
Lo peor de todo es que tienes dos opciones:
1. Pagar los 14000 euros.
2. Ve buscándote un abogado porque si no está "señora" te destroza en los tribunales.
Ambas opciones son muy feas. La primera porque pierdes 14000E, la segunda porque tienes que gastarte el dinero en un abogado, pero bueno, piensa que si ganas el pleito ella pagará las costas. Tu abogado/a sabrá defenderse contra su oponente.
Una lástima tu situación.

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