Herencia de una vivienda

Buenas, mi consulta es:
Mi suegra tenia concedido un piso de protección oficial, en el cual residía, ella falleció hace 7 años y el piso que tenia un régimen especial con el ayuntamiento de valencia no podía ser heredado, finalmente, este año se ha conseguido poner a nombre de los herederos, pero seguimos pagando la hipoteca del mismo, según la escritura el piso no se puede ni vender ni alquilar hasta que este liquidada totalmente la hipoteca que corresponde al ayuntamiento y a la generalitat valenciana, mi pregunta es : nos pueden tener atados como marca la escritura, o en cambio se puede decir que son unas clausulas abusivas... Etc,. La cuestión es ver como hacer para poder liquidar la hipoteca para poder hacer algo con la vivienda, pues hasta dentro de 5 años no se finaliza el pago.

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No podéis alegar que son clausulas abusivas, pues son los requisitos que se establecieron para acceder a esa VPO, firmando con el Ayuntamiento las obligaciones recíprocas
De lo que tenéis que partir es de ese acuerdo, si pone que hasta que no se pague la hipoteca no se puede vender, podéis anticipar el pago que reste de hipoteca y así liberarla de ella para poder proceder a su venta
En todo caso tenéis que estar a lo firmado en su momento para la concesión de la VPO

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