Venta de piso (inca)

Buena tardes
En julio del 2008 me compré un pico con mi pareja (simplemente novios, ni casados ni nada de nada) en julio de este año decidimos dejarlo.
La casa se la quiere quedar él, vamos hacer extinción condominio.
Durante un año los dos hemos pagado hipoteca, mi pregunta es, si me corresponde algo de lo pagado durante este año, ya que a él le dijeron que no, que es disfrute de la propiedad, él se tiene que hacer cargo de los gastos de subrogación, ¿no? Como que yo le cedo la propiedad intégramente y salgo de la hipoteca, ahora bien, ¿al hacer el cambio de la escritura no tiene que reflejarse otro importe del valor de la vivienda diferente al que se puso por primera vez no? Me han comentado que sino a la hora de degrabar en hacienda parecería que yo he obtenido un beneficio cuando no es así.
¿Tengo qué hacerme cargo de algún gasto más? A la hora de hacer la declaración me perjudicará en algo, como sería lo correcto, ¿para qué ninguno salga perjudicado?
Mil gracias
Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1
Lo de si te tiene que dar lo que tu has pagado de hipoteca, lo mejor es que lo resolvierais de mutuo acuerdo, si esto no es posible, y en la medida que el piso se lo va a quedar él, lo lógico es que si te lo diera, pues es evidente que tu estabas aportando al préstamo con la idea de que la casa fuera de los dos, si ahora se la queda él, el debería correr con todo el precio
Los gastos de la nueva escritura corren a cargo de quien la promueve, el valor en principio debería quedar igual
En materia fiscal si que no puedo ayudarte pues no es mi especialidad

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas