Prevalencia del reglamento o del acto administrati

Hola buenos días, les cuento mi pregunta ¿qué tiene prevalencia un reglamento o un acto administrativo?
La cuestión surge porque el día 30 de septiembre 2009 se publicó en el boja la resolución provisional de admitidos y excluidos para la ayuda de estudios del personal de la junta, estableciendo un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente( por tanto hasta el 13 de octubre) para alegaciones.
Sin embargo el reglamento que regula las ayudas de acción social para el personal de la junta establece en el art 11.4 que el plazo de alegaciones para las resoluciones provisionales de admitidos y excluidos es de 15 días hábiles ( hasta el 19 de octubre).
Yo me entere el día 14 de la resolución provisional " fuera de plazo" y para colmo los motivos son la falta de una serie de documentos que si entregue en el plazo de aportación, tengo prueba de ello, y ademas me incluyen como miembro de la unidad familiar a alguien que no lo es porque se independizo hace años y que por tanto en mi solicitud no incluí.
Muchas gracias

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Respuesta
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La resolución del Ayuntamiento debe respetar el reglamento que establece la regulación de esas ayudas, en caso de discrepancias siempre prevalece el reglamento
Muchas gracias eso creía yo, (no es una resolución del ayuntamiento sino del órgano competente de la junta de andalucia), por eso llame a la delegación de administración publica de la junta y la persona que contesto me dijo que el plazo había acabado el 13 y que no había más que hablar. Pondré una reclamación.
Presenta la reclamación alegando que según ese reglamento el plazo es de 15 días y a continuación expones el fondo de la reclamación

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