Demanda gananciales
Buenas tardes:
Me encuentro en proceso de divorcio y me ha llegado ldel juzgado a liquidación de gananciales con los siguientes apartados:
"razonamientos jurídicos:
Que conforme con al articulo 809 LEC, solicitada la formación de inventario se señalará día y hora para que se proceda a la formación del inventario mandando citar a los cónyuges.
Parte dispositiva:
Se admite a tramite la solicitud formulada para la formación de inventario del régimen de gananciales.
Se acuerda convocar a los cónyuges a comparecencia que se llevará a cabo a presencia del Sr. Secretario de este Juzgado para la fecha xx/xx/XXXX a las XX:XX. Para dicho acto debererán comparecer los cónyuges debidamente representados y defendidos y con propuesta de inventario.
Contra la presente reposición, que no es firme, cabe interponer recurso de reposición ante este mismo juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a las notificación de este auto."
Necesitaría por favor que me pudieran explicar en palabras comunes que significa:
Sobre todo lo de la reposición que no se si tengo que presentar algo en 5 días o es solo por si hubiera que cambiar la fecha del acto.
Lo que no entiendo muy bien tampoco es para que es la cita:
¿Es para juicio? O es para una vista entre las dos partes, ¿abogados y secretario?
No se muy bien el procedimiento en este caso de gananciales.
Me encuentro en proceso de divorcio y me ha llegado ldel juzgado a liquidación de gananciales con los siguientes apartados:
"razonamientos jurídicos:
Que conforme con al articulo 809 LEC, solicitada la formación de inventario se señalará día y hora para que se proceda a la formación del inventario mandando citar a los cónyuges.
Parte dispositiva:
Se admite a tramite la solicitud formulada para la formación de inventario del régimen de gananciales.
Se acuerda convocar a los cónyuges a comparecencia que se llevará a cabo a presencia del Sr. Secretario de este Juzgado para la fecha xx/xx/XXXX a las XX:XX. Para dicho acto debererán comparecer los cónyuges debidamente representados y defendidos y con propuesta de inventario.
Contra la presente reposición, que no es firme, cabe interponer recurso de reposición ante este mismo juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a las notificación de este auto."
Necesitaría por favor que me pudieran explicar en palabras comunes que significa:
Sobre todo lo de la reposición que no se si tengo que presentar algo en 5 días o es solo por si hubiera que cambiar la fecha del acto.
Lo que no entiendo muy bien tampoco es para que es la cita:
¿Es para juicio? O es para una vista entre las dos partes, ¿abogados y secretario?
No se muy bien el procedimiento en este caso de gananciales.
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