Despido improcedente posdatado

El 8 de julio se propone un traslado a otra población a un trabajador y el 17 contesta que no. Se le quiere hacer un improcedente con fecha 20 de pero aplicándole la fecha del día 8 de agosto y dándole de baja con esa fecha en la seguridad social.
Necesitaría comentarios al respecto
Respuesta
1
Lo que usted plantea es inadmisible, la fecha de baja es la de finalización pudiendo demandar en el correspondiente juzgado de los social a la empresa. Mientras tanto es recomendable que o no firme el finiquito o lo firme añadiendo " no conforme"

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