Extinción del condominio
Hola, en el año 2006 compre una vivienda de VPO con mi novia, al 50%, ¿por 140.000?, aunque su valor en escrituras fue de 82.000, ya que era precio tasado por la Junta. En mayo de 2008 nos casamos y en octubre nos divorciamos, pero en el convenio regulador no recogimos la liquidación de la sociedad, ya que no había acuerdo. Ahora en diciembre hemos llegado al acuerdo de quedarme yo con el piso y con la hipoteca. El piso está tasado actualmente por la junta de andalucía en 96000 euros y la hipoteca pendiente es de 139.000 euros. Me gustaría saber si puedo incluir todo en la liquidación de ela sociedad de gananciales o, por contra, estoy obligado a realizar la liquidación de la sociedad por el tiempo que ha durado el matrimonio y una extinción del condominio por el tiempo restante. ¿Qué es más interesante? ¿Cuánto podría costarme?. ¿Qué trámites debo seguir para hacerme cargo de la hipoteca y dejarla a ella libre? ¿Podré tener problemas con el banco?.
Saludos y gracias.
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Respuesta de lageli
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