Herencia. Préstamo de padres a un heramo y reparto de joyas

A la muerte de mi madre, en su testamento dejó heredero en usufructo de la totalidad de bienes de su herencia a mi padre siempre que no contrajera nuevas nupcias y a la muerte de él o si se casara, a mi hermano y a mi por partes iguales y del remanente en la nuda propiedad. Tenían régimen de gananciales.
Unos días después de la muerte de mi madre, mi padre me dió la joyas de mi madre (como un 80% y el resto se lo dio a la mujer de mi hermano y a sus dos hijas)
A los 6 meses del fallecimiento de mi madre, se hizo una Escritura de Liquidación de Sociedad Conyugal ante notario en la que tras leído lo anteriormente expuesto, se evalúan los bienes de mi madre, inmuebles, metálico, dinero en cuentas mobiliario y ajuar doméstico (especificando el valor en euros).
Al tener mis padres bienes gananciales se determina la cantidad que corresponde a mi padre por las gananciales y la parte que le corresponde por herencia de su esposa. Y para su pago se específica las cantidades que le corresponden y la vivienda como usufructuario vitalicio. Así mismo se determinan la hijuela conjunta de mi hermano y mío por mitad, la nuda propiedad de la vivienda en la que habita mi padre, y una partida del ajuar domestico valorado en euros.
Mi padre viendo que mi hermano quiere las joyas de mi madre cambió su testamento y en el especifica todas las joyas y dice para quienes son.
Mi hermano en vida de mi madre, les pidió a mis padres 5 millones de pesetas para comprarse un piso. Hasta ahora ha pagado los intereses de los 5 millones que lo determinó mi padre y acordaron bajo documento escrito.
Ahora dice que solo le tiene que pagar 2,5 millones pues los otros 2,5 son de la herencia de mi madre. Así ayer llegaron a este acuerdo.
Por otro lado me reclama las joyas que al morir mi madre, mi padre me otorgo. Dice que son a repartir.
Preguntas:
Con respecto al débito, ¿no debería haber firmado un documento para mi en el que se reflejara que de los 2,5 millones que correspondían a la herencia de mi madre, la mitad me pertenecen? ¿O devolvérmelos ahora?
¿Puede quitarme las joyas que mi madre en vida me dijo que cuando ella faltara quería que solo fueran para mi?
¿El testamento último de mi padre anula a los anteriores? O ¿No vale para nada que en el especifique el tema de las joyas?

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Estimada Victoria,
Lo primero agradecerte que lo hayas expuesto tan detalladamente. Paso a contestarte seguidamente a cada una de tus preguntas:
Respecto a la deuda (y siempre salvando que el documento escrito al que haces referencia disponga otra cosa) tu hermano debe devolver 2,5 millones a tu padre y los otros 2,5 debieron incluirse en el activo de la herencia de tu madre y repartirse conforme a la misma proporción que el resto de bienes. Si no se incluyeron podría intentarse que se incluyesen ahora. Por lo tanto, sí puedes exigir que pague esos 2,5 millones o, al menos, acordar con él que te de la parte que te corresponde.
Respecto de las joyas, tu padre puede disponer en testamento sólo de sus bienes, por lo tanto, el hecho de que las describa y adjudique carece de efecto alguno. Si bien, podría tu hermano intentar que se incluyan en el activo de la herencia de tu madre y se repartan también allí. Francamente, las joyas son bienes muebles cuya existencia es muy difícil de probar por lo tanto cualquier acción destinada a incluirlos en el activo (salvo que usted reconozca que las tiene) está condenada al fracaso.
Un testamento siempre anula los anteriores, salvo que el testador en él disponga que subsiste el anterior en lo que no se contradiga con el nuevo (que no creo que sea el caso).
Espero haberte ayudado, si necesitas cualquier aclaración o ampliación no dudes en consultarme. Asimismo si te decides a iniciar alguna acción quedamos también a tu disposición, puesto que las herencias es una de nuestras especialidades.
Estimado Sr:
Ha sido de gran ayuda su aclaración. Quería solo preguntar de nuevo si mi deber es incluir las joyas en el activo de la herencia o puedo quedármelas, es decir si es legal, dado que mi padre me las dono y llevo seis años en posesión de ellas. No quisiera que cayeran en manos de mi hermano.
Saludos cordiales
Victoria
Es cierto que la posesión de bienes muebles durante 6 años ininterrumpidamente permite usucapir (adquirir la propiedad a través de la usucapión) los bienes. Por lo tanto, son suyas, sobre eso no hay duda así que nunca caerán en manos de su hermano. Legalmente le pertenecen al 100%.
No obstante, como usted manifiesta que su padre se las donó, cuando haya que adjudicar la herencia de su padre, deberá usted tomar de menos su importe (pero no devolver las joyas) porque los herederos toman de menos en la herencia lo que hubieren recibido en vida del causante a titulo gratuito.
Estimado Sr:
Miles de gracias por su clara y concisa respuesta. Ahora solo me queda tasar las joyar y ver el modo de devolverlo a la herencia de mi padre hacia mi hermano

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