Cuentas bancarias en separación de bienes.

Hola.
Mi mujer y yo estamos casados en régimen de separación de bienes. Nos gustaría poner nuestras cuentas bancarias (corrientes, de ahorro...) a nombre de los dos y que cada uno tenga plena libertad para operar en ellas de forma individual. ¿Sería eso posible o la separación de bienes nos obliga a tenerlas separadas? ¿Existen ese tipo de cuentas? ¿A la hora de hacer la declaración de la Renta deberíamos hacerla conjunta o por separado?
Muchas gracias y un saludo.

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Existen las cuentas indistintas desde que existe la banca, así que no tienes ningún tipo de problemas.
En la declaración de renta, en la casilla correspondiente te da la opción del régimen económico de la pareja, así que si una vez introducidos los datos te da la opción de conjunta o separada, coge la que más te convenga

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