Obras piso

En un piso dedicado a vivienda, quieren poner una residenia de ancianos. ¿Pueden hacerlo cuando el piso ese dedicado únicamente a vivienda siendo éste un negocio lucrativo, sabiendo además que el piso está alquilado?
Un saludo.

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El único requisito es que en los Estatutos de la Comunidad no haga ninguna prohibición respecto de este tipo de negocios. El resto de los requisitos ya se los pondrá la Comunixdad Autónoma
Gracias por su temprana respuesta y por su esfuerzo e interés.
Querríamos saber si cuando los estatutos no ponen nada salvo que los pisos son viviendas, si se pueden dedicar a negocios lucrativos. Gracias de nuevo.
¿Habría qué pedir permiso a la comunidad para conceder ese uso que se pretende?
Un saludo.

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