Deuda de alquiler

Se me ha marchado el inquilino que tenía alquilado en el piso de mi propiedad, ¿dejando una deuda de 1800? En concepto de alquiler de vivienda. Antes de marcharse firmo junto a su aval (su padre) un documento privado en el cual reconocían la deuda contraída, y se comprometían a abonarla en el plazo de tres meses (finaliza el plazo el 30de noviembre 2007). Dado que hasta el momento no han abonado nada, y a pesar de que el plazo esta aun en vigor, me gustaría saber, caso de que no abonen la cantidad adeudada que debo hacer, necesito abogado y procurador o por el contrario es suficiente acudir al juzgado a interponer la correspondiente denuncia. Gracias de antemano.

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El día que finalice el plazo, vas al Juzgado con todos los justificantes que tengas y fotocopias, y dices que quieres interponer un juicio monitorio.
Te darán un impreso, lo rellenas, y a esperar.

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