Una duda sobre un arrendamiento

Hola buenas tardes, tengo una duda sobre el arrendamiento de una oficina.
Resulta que alquilé un local para oficinas mediante un contrato con una duración de 5 años, dicho contrato contemplaba una prórrogas automáticas anuales a partir de la caducidad del contrato.
Mi duda es, esta prórroga anual es tal como se refleja por este tiempo o hay que considerar una duración mínima de 5 años tal como contempla la ley para un contrato ordinario de alquiler de locales.

2 respuestas

Respuesta
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Los 5 años, son para arrendamiento de viviendas destinadas a vivienda habitual del arrendatario.
En otros arrendamientos, hay que estar a lo pactado, en este caso 5 años, hay libertad absoluta, y una vez finalizados los 5 años, si conviene a las partes se puede prorrogar o no, según lo establecido en el contrato.
Respuesta
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No, el arrendamiento para usos distintos del de vivienda se rige por la libertad de pactos y no tiene duración mínima legal.

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