Contrato y servidumbre

Saludos de nuevo cmrivero.
No me ha gustado el primer planteamiento que hice y creo que de esta manera estará más clara.
Edificio que consta de planta baja y huerto en la primera planta.La planta baja es de mi propiedad y tengo una
discoteca y el huerto en la primera planta es de otro propietario.
La entrada o caja es comunitaria.En la caja hay dos puertas, una que accede a la discoteca y la otra puerta que accede al huerto.
Cuando hice la discoteca hace 20 años instalé con el permiso del propietario varios elementos de la discoteca en el huerto.
Con fecha de 19/06/2006 el propietario del huerto y yo llegamos a un acuerdo monetario y firmamos un contrato
, Protocolo de Intenciones, con varias clausulas entre las que se encuentra esta:
CLAUSULA - El Sr xxxxxx se compromete a respetar las instalaciones que actualmente existen en el huerto de su propiedad,
correspondientes a las instalaciones de aire acondicionado, extractores y bombas de presión y sus respectivas entradas
y salidas, así como el aljibe de agua, comprometiéndose a que serán mantenidas tanto por el mismo como por terceras
personas que puedan devenir en el futuro propietarias del citado huerto.
- A tal efecto, y con la finalidad de obtener el reconocimiento frente a terceros de tales servidumbres
el Sr (YO) me comprometo a presentar en el plazo de seis meses desde el día de hoy, y ante los juzgados de 1ª instancia de xxxxxxx el escrito de demanda necesario para que por parte de la autoridad Judicial se reconozca la existencia de las servidumbres referidas en el anterior párrafo.
Después he sabido que antes de que firmáramos el contrato, Protocolo de Intenciones, de 19/06/2006 , con fecha de 10/04/2006 el propietario del huerto alquiló, con contrato, el huerto a una persona, un tercero, y ahora este no me permite subir al huerto para que pueda reparar el aire acondicionado. Dice el inquilino del huerto que el no tiene ninguna obligación de permitirme subir al huerto, porque en su contrato no hay ninguna clausula que así lo diga.
Pregunto:
Según la clausula, Protocolo de Intenciones, ¿tengo derecho a subir al huerto para poder revisar o arreglar las instalaciones que tengo instaladas?.
Y para poder subir a hacer tales revisiones a quien tengo que avisar, ¿al inquilino que tiene ahora alquiladao el huerto o al propietario del huerto?
De que manera tengo que avisar, una llamada, un buró fax, ¿tengo qué ir al juzgado ..?
Podría ahora mismo el inquilino del huerto, romper, ¿quitar o averiar las instalaciones que yo tengo en el huerto?
¿Qué opina usted de que el propietario hiciera primero un contrato sobre el huerto con otra persona y después estando ese contrato activo hiciera otro contrato, Protocolo de Intenciones, conmigo?
¿Según usted que tengo que hacer?
He contratado a un abogado pero me gustaría tener varias opiniones.
Esperando sus noticias me despido atentamente
joan

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Respuesta
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Estando así las cosas y teniendo un contrato del copropietario sobre respeto y reparación de las instalaciones, usted tendrá que reclamarle al inquilino por escrito que tal y como acordaron el copropietario y usted usted tiene derecho a que se respeten esas servidumbres y a que se reparen por el copropietario o por terceros, y le exija que proceda a su reparación o bien permita a usted acceder a reparar esas instalaciones.
Si no accede tendrá que poner una demanda en vía civil contra el copropietario y contra ese inquilino para que :
1. Se declare ese derecho de servidumbre
2. Se proceda a su inscripción registral.
3. Se le permita reparar las instalaciones referidas o se condene a los demandados a repararlas a su costa.
Suerte.

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