Contador-partidor

Hola, gracias por su atención.
Mi duda es la siguiente, en caso de una herencia testada se nombra partidor-contador por el causante y nosotras nos preguntamos si la partición la tiene que hacer necesariamente este partidor designado por nuestra madre o podemos asignar esta función a otra persona.
Muchas gracias por su tiempo y un saludo encarecido.

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Respuesta
Me temo que si porque así lo dispone el artículo 1057 del Código Civil.
Solo se podría prescindir de él si queda vacante (por ejemplo porque el contador renuncia o no acepta su designación como tal)

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