Vivienda

Hola,
Firmé un contrato de compra-venta de un piso en el 2002 donde se especificaban los metros cuadrados útiles.
En una visita de desperfectos comprobé que tenía menos superficie útil. Se lo comuniqué a la promotora pero me dijo que no, que tenía más y que tenía suerte porque no me lo iban a cobrar.
En la segunda visita de desperfectos llevé una tasadora y confirmó mi sospecha. La promotora rectificó.
Les hizo un escrito para que me pagaran la minuta del tasador pero se han negado. ¿Podría recurrir al juicio monitorio? ¿Qué posibilidades tengo?
Ahora estoy viviendo ya en la vivienda, tengo unos desperfectos que no había apuntado en las dos visitas pertinentes, y dicen que no me lo arreglan porque no lo comunique en su día (llave de radiador rota, raja en techo de escayola...) Por poner un ejemplo, me entra agua por las juntas de aluminio de las ventanas, ¿puedo pedir que me la cambien? La solución que me dan es echar silicona por fuera, pero tengo miedo porque cuando limpio esa silicona, puesta con los dedos, me la puedo llevar.
También me han dado una plaza de garaje, pero sólo me han dado una llave magnética, no me han dado un mando a distancia. ¿Es correcto? ¿Puedo exigir que me entreguen un mando?
Gracias

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Por lo que respecta a la diferencia entre los metros contratados y los entregados, lo primero que tienes que determinar es si en el contrato cuando habla de los metros del piso pone "a cuerpo alzado" o una expresión similar, o simplemente mencionada los metros que tiene la vivienda, y por supuesto de que diferencia de superficie estamos hablando, P.E. una diferencia entre 1-5 metros cuadrados a cuerpo alzado poco podrías reclamar, si es más mi consejo es que reclames una rebaja en el precio y no la minuta del tasador.
Respecto de los defectos se trata de vicios ocultos, y el código civil establece un plazo para reclamar de seis meses desde que los defectos se ponen de manifiesto, P.E. difícilmente puedes saber que filtra agua por las ventanas si no llueve en las dos visitas que has hecho a la vivienda.
Lo de la llave del garaje es habitual, sera la comunidad de propietarios a través del administrador quien se encargue de la gestión de los mandos, salvo que en el contrato se disponga otra cosa, si bien lo normal es entregar llaves y cada vecino si quiere se procura un mando.

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