Urgente:

Hola,
Mi situación es la siguiente:
Llevo seis años viviendo con mi pareja (no somos pareja civil y tampoco pareja de hecho), en una residencia de mi propiedad y desde el principio compartimos todos los gastos, aunque todas las facturas vienen a mi nombre.
He hecho un documento donde especifico, que en caso de ruptura de pareja, ella pueda recuperar parte de lo invertido, donde aparece mi nombre y mi dni, su nombre y su dni y el texto; nuestras firmas y la fecha. Ambos tenemos una copia del documento.
La pregunta es, ¿este documento, que no es publico, serviría en caso de no llegar a un acuerdo llegado el caso de ruptura? Aunque no se hayan pagado los honorarios de un notario ¿tiene el mismo valor jurídico? Y si no ¿Qué es lo que determina al documento para que sea aceptable jurídicamente?
He recibido algunas respuestas, pero necesito saber sus conclusiones.
Les agradezco mucho sus respuestas.

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Respuesta
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Evidentemente que vale aún no haberse firmado ante Notario.
Si no se llega a un acuerdo en caso de ruptura, si ella no impugna su firma diciendo que es falsa, o que fue obligada o coaccionada, y probando lo que dice, entiendo que obliga a los firmantes.
Para que sea válido un contrato, según el art. 1.255, debe existir, consentimiento (no viciado por coacciones, etc) objeto y causa. Creo que se dan los tres requisitos y por tanto es perfectamente válido.
Puntúa y termina la pregunta para dar paso a más personas que me quieren preguntar.

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