Ruidos

Quisiera saber a partir de que hora se pueden hacer riodos en un edificio, (Música, Obras, etc) y en que Ley está reflejado.
Gracias

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Si es en Madrid capital esta regulado por la Ordenanza General Protección del Medio Ambiente Urbano.
A efectos de la medición de ruidos el día se divide en dos periodos:
-Diurno de 16 horas continuas de duración y comienzo a las 7 horas (fin a las 23:00)
-Nocturno las ocho restantes (de 23:00 a 7:00)
En días festivo el periodo diurno se reduce a 15 horas y comienza a las 8 horas
Los niveles sonoros permitidos son distintos según el área

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