¿Me pueden dar por incapacitado sin yo quererlo?

Tengo 54 años y he estado ejerciendo como jefe de cocina en un hotel*****, pero llevo casi 18 meses de baja por un problema en una rodilla y hoy me ha llamado la Seguridad Social (después de haberme dado una prórroga de de 6 meses) para que pase por la seguridad social para recoger un escrito o dictamen y me veo en un dilema, que no se que hacer. Me dice que lleve el D.N.I. Y mi número de cuenta corriente, no quisiera que me den la jubilación anticipada y cobrando una porquería, ¿Qué debería hacer?.

1 respuesta

Respuesta
1

Como as agotado el tiempo máximo de la incapacidad temporal y los médicos no ven muy claro si el problema de tu rodilla va a tener solución a medio o largo plazo y lo que hacen es es proponerte para la incapacidad permanente pero eso no significa que te vallan a conceder la pensión de invalidez porque esa decisión la tiene que tomar el equipo de valoración de incapacidad(EVI) para lo que te mandaran presentar todos los informes médicos que tengas tu disposición o los que aporten los médicos que me hayan tratado tu rodilla y después de devisar todos los informes y el estado de tu rodilla después de la revisión, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) elaborará un dictamen – propuesta. En ese mismo se recogerá el estado del paciente así como la procedencia o no de la declaración de Invalidez y, en su caso, el grado de la misma (parcial, total, absoluta o gran invalidez). Una vez preparado, éste será facilitado al interesado, que tendrá un plazo de diez días para formular alegaciones y presentar otros documentos.. El Procedimiento finaliza con una Resolución razonada, en la que el Órgano de la Seguridad Social establecerá si existe o no Incapacidad Permanente, así como su grado. Por lo tanto hasta que no haya una resolución del EVI no se sabrá si te van o no a conceder la IP, pero aunque estén dispuestos a concederte la IP no te pueden obligar a que dejes de trabajar si tu no quieres hacerlo y los responsables del hotel esta dispuestos a seguir contando con tus servicio, Por lo tanto y mientras tu estado físico no suponga ningún un riesgo para tu salud o el trabajo que realices pueda provocar daño a terceros nadie te puede obligar a aque aceptes la IP, pero también tienes que tener en cuenta que la IP se puede compatibilizar con otro trabajo que no afecte demasiado a la rodilla, pero eso ya es una opción que te corresponde tomar a ti pero, nadie te puede obligar a que aceptes la pensión de iP y dejes tu profesión si tu no quieres, salvo en los dos casos expuesto, mas arriba.. Un saludo y buena suerte..

http://www.aa-indemnizaciones.com/i_invalidezz.php

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas