Reclamación a la oficina del INEM

Paso a exponer mi caso con el deseo de que alguien pueda orientarme ya que en la oficina del INEM solo me dan largas.
En el mes de Enero de 2011 me despidieron de la empresa en la que trabajaba desde hacía 3 meses, anteriormente ya había estado en paro por lo que solo me quedaban 3 meses de compesnción por desempleo. Transcurrido este tiempo y con todo el papeleo en regla se me termina el cobro por desempleo y me dispongo a pedir la ayuda de 420€ ya que cumplía con todos los requisitos, me dirijo a la oficina del INEM de Armilla a la cual pertenezco y el amable empleado me dice que no me pertenece nada en absoluto y que si quiero cobrar la ayuda de 420€ me disponga a tener un hijo antes de fin de año (sorna incluida), con la rotunda respuesta no me queda más remedio que desistir y pasar por todas las penurias económicas que esto conlleva. Un tiempo después vuelvo a la susodicha oficina a ver si pudiera pedir algún tipo de ayuda sea cual fuere, la empleada me mira asombrada y me pregunta ¿por qué no pediste en su momento la de los 420€? Al yo responder que me habían dicho que no me pertenecía me djo que nada de eso y mostrándome el monitor del ordenador junto con mis datos aparecía la inscripción "candidato al cobro de ayuda de 420€", pero claro ya estaba fuera del plazo, con las misma pido hablar con el director de la oficina, le cuento mi caso y me dice que no vale la pena ni denunciar ni reclamar ya que sería mi palabra contra la del empleado y que esas denuncias nunca llegan a nada.
El caso es ¿tengo derecho a reclamar y denunciar? Si es así ¿Cómo? Y ¿Sería posible que enmendaran este error?.

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En éste país tenemos la mala costumbre de acudir a una ventanilla y pensar que quien nos está hablando es la ley, y desgraciadamente es un grave error. Las peticiones siempre por escrito que es lo único que no se lleva el viento, permítame la expresión.
Como a usted le han inferido un perjuicio económico que como ciudadano tiene derecho, presente una reclamación por escrito dirigida al Director de la Oficina del INEM de Armilla, al amparo del art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada profusamente por Ley 4/1999 de 13 de enero, ya que veo que tiene facilidad para ello, ciñéndose a los hechos y dejando las valoraciones para quien tenga que tomarlas.
Aporte al escrito cuantos documentos tenga y si recuerda el nombre de esa persona mejor. Por si no lo sabe existe una inspección que se dedica precisamente a eso, pero investigan los casos denunciados, los que no lo sean, por razones de obviedad no lo harán.
Paralelamente a su reclamación por escrito, a la que han de acusarle recibo, indicarle los recurso que contra ella caben, plazo para interponerlos, autoridad ante la que se han de presentar y sentido de silencio, solicite una Hoja de Reclamaciones que ha de rellenar en la misma oficina exponiendo el caso que le ocurrió con esa persona en concreto.
De los tres ejemplares de la Hoja de Reclamaciones la última copia se la quedan ellos y le tienen que devolver dos ejemplares (el original y la primera copia) SELLADAS. Con esas dos hojas tendrá que acudir a la Oficina municipal de atención al ciudadano de Armilla o en su defecto si ellos esas competencias no las tienen asumidas -cosa que me extraña- tendría que acudir a la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Comunidad de Andalucía que se encargue de los asuntos de atención al ciudadano y reclamaciones, aunque no se si realmente será en esa que yo le indico por acercamiento al asunto. Puede llamar antes al 958026600 y preguntar que seguro le indican si no es allí donde ha de dirigirse.
Ruego cierre la pregunta y valore

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