Trabajar un festivo local

Quisiera saber si el art. 47 del RD 2001/1983 queda derogado por el Estatuto de los Trabadores. 

Por otro lado, quisiera saber si la empresa puede hacerme trabajar los festivos locales: mi contrato es de 40 horas semanales de lunes a viernes (con los descansos legales o convencionales establecidos). Hasta ahora trabajaba de lunes a viernes de 9 a 15 y de 16 a 18, nunca los festivos.

Gracias de antemano,

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Debes acudir a tu Convenio colectivo. Respecto del RD 2001/1983, no, no ha sido derogado por ninguna Ley ni norma y por tanto sigue vigente.

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