Es necesario preaviso del trabajador a empresario al término de contrato de obra y servicio

Buenos días,

en primer lugar, gracias de antemano por su atención y su tiempo.

El día 1 de febrero de 2011 firmé un contrato de obra y servicio con la empresa para la que presto servicios en la actualidad.

Entiendo que el contrato de obra y servicio tiene una duración máxima por ley de 3 años, por lo que deduzco que el contrato tiene como fecha fin el 31 de enero de 2014.

Hasta la fecha la empresa no se ha puesto en contacto conmigo para indicarme si van a convertir mi contrato en uno indefinido o van a prescindir de mis servicios, por lo que estoy a la espera.

Pero justo hoy me ha surgido una nueva oportunidad laboral que tendría como fecha de incorporación el 1 de febrero.

Ante esta situación:

- debe mi empresa actual avisarme con un determinado tiempo de antelación sobre la situación? Es decir, deben avisarme sobre si van a convertir mi contrato o no?

- debo comunicar yo a mi empresa que no quiero continuar prestando mis servicios en ella o puedo entender que mi contrato acaba el día 31 y que por lo tanto no tengo que avisar con un número determinado de días de antelación?

- Si la empresa actual me propusiese a estas alturas convertir mi contrato a indefinido y yo no aceptase por querer aceptar la nueva oportunidad laboral que me ha surgido, tendría derecho a indemnización por fin de contrato?

Por si fuese necesario o sirviese de algo, indicar que el convenio colectivo de los trabajadores por el que nos regimos es el de oficinas y despachos de Madrid (la sede central de la empresa está en Madrid) aunque mi puesto de trabajo está en el centro de trabajo de Santiago de Compostela.

Muchas gracias de nuevo por su ayuda y atención.

Saludos

Añade tu respuesta

Haz clic para o