Incapacidad p. Total y trabajo

Paso a exponerle mi problema.
Tengo 49 años y desde hace dos tengo dos pensiones por I.P.T para el trabajo habitual, este es conductor de camiones de todo tipo. Tengo dos pensiones porque en el momento del hecho causante estaba cotizando como autónomo y en el régimen general.
Ahora un antiguo jefe me ha propuesto que trabaje para el como administrativo a media jornada y con contrato indefinido. Lo he puesto en conocimiento de la ss. Ss y me dijeron que si me contratan indefinidamente, me pueden quitar o rebajar la pensión, aunque no me lo aseguran.
¿Es cierto?
En el caso de que así sea hay otro método para trabajar y no me quiten nada.

2 Respuestas

Respuesta
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En principio es cierto, la pensión es revisable y si cambian las circunstancias se puede modificar incluso extinguirse.

Habría que examinar su pensión, resolución, ver qué tipo de trabajo y contrato realizaría etc.. es decir es imposible darle una respuesta concreta sin más información ni documentación.

Pero con lo que me ha contado, es cierto lo que le han dicho en la es. Es. Y respecto de trabajar y que no le quitan nada, imposible hacerlo legalmente,

Si reside en la provincia de Cádiz, Sevilla o Córdoba podemos ayudarle, le adjunto web del despacho, y no olvide por favor de valorar la respuesta.

Saludos

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No te pueden quitar nada, pues la IPT sólo te paga por el hecho de no poder trabajar como conductor de camiones (está rebajada sobre el total de tu sueldo en caso de Incapacidad Permanente.) Desconozco, no obstante, la situación con la pensión vía régimen de autónomos, será mejor en este punto que hables con la Seg Soc directamente para preguntar al respecto.

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