No superación del periodo de prueba

HOla azara, te escribí hace tiempo para poder cambiarme de empresa, el caso es que hemos ido a peor y aparte de hacerme firmar un contrato de comercial (no de jefe de equipo), (era eso o nada y ya me había ido del otro trabajo), ahora me dicen que no he superado el periodo de prueba. ¿Puedo de alguna forma cobrar el paro o estoy literalmente en la calle?. Aparte, deje la antigua empresa hace 1 mes y todavía no me han arreglado el finiquito. Me descuentan 3.35 días de vacaciones disfrutadas,¿Cómo puede ser eso si ellos te obligan a coger las vacaciones?. ¿Qué puedo hacer para cobrar y no perder dinero?. Gracias, estoy un poco asustada por todo esto.

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A la anterior empresa la puedes demandar por cantidad en todo aquello que no estés de acuerdo.
Respecto al desempleo y si te marchaste voluntariamente deberán de pasar tres meses para tener opción a la prestación de desempleo.
Te explico:
Resolución de la relación laboral por el empresario en el período de prueba. Se considerarán en situación legal de desempleo los trabajadores que vean extinguida su relación laboral por cese en el período de prueba a instancia del empresario, con independencia de que dicho período de prueba se hubiese pactado, o no, en el contrato de trabajo, o aunque el cese se produzca en fecha posterior al periodo de prueba pactado, siempre que la extinción de la relación laboral anterior fuese situación legal de desempleo(la tuya no lo fue al ser baja voluntaria) o hubiese transcurrido un plazo de tres meses desde la extinción, y sin perjuicio de que el trabajador pueda impugnar el cese como despido.
Se acredita con la comunicación escrita del empresario resolviendo el contrato. Si desde la anterior extinción de la relación laboral no hubieran transcurrido 3 meses, ha de adjuntarse la acreditación de la anterior situación legal de desempleo.

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