¿Se pueden negar a aceptarme el traslado?

Te vuelvo a formular la pregunta a ver si me puedes ayudar (este texto ya lo has leído, pero al contestarme hubo un fallo y me mandaste otra respuesta), ya habías contestado antes a una pregunta sobre cuanto he cotizado en el paro.
En realidad lo del cobrar el paro va por lo siguiente:
En el 2007 empecé a trabajar en una empresa en mi ciudad natal: Las Palmas, como colaborador mercantil, por lo que mientras trabajé en Gran Canaria estuve dada de alta como autónoma, después de 2 años y medio me propusieron un ascenso, o sea, me contraban ellos, pero marchando a Valladolid a trabajar, yo acepté: las condiciones eran que me incluían en la nómina una ayuda para vivienda renovable cada 4 meses (legalmente obligatoria por traslado de residencia, pero en realidad me estaban contratando por primera vez porque yo había sido hasta entonces colaboradora mercantil, autónoma), la mudanza y los gastos de traslado.
Llevo con el contrato indefinido y con la ayuda para la vivienda desde entonces, pero surge una enfermedad en mi hermano crónica y al estar mi madre también enferma de antes no puede atenter sola, por lo que necesita que esté yo allí para ayudarla.
Solicité el traslado por escrito a la empresa hace dos meses, y en principio, las primeras noticias que tengo (no definitivas) son que lo más probable es que no me concedan el traslado de nuevo a mi isla, y que lo más que pueden hacer es arreglarme los papeles del paro...
¿Se considera un traslado cuando ellos me trajeron a trabajar a valladolid, ya que me han estado pagando la ayuda de la vivienda?
Y, ¿Pueden negarse a concederme el traslado de nuevo a mi trabajo en el sitio de origen aún siendo por necesidad, por enfermedad de un familiar directo, porque alegan que la situación ahora mismo ALLÍ es insostenible para la empresa pagar un sueldo más?

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La movilidad geográfica es una modificación del contrato de trabajo consistente en el cambio del lugar de trabajo, puede ser pactada o basada en una decisión unilateral del empresario, pero como a sido pactada también puedes impugnar el pacto, por causas de fuerza mayor o por estado de necesidad como sucede en tu caso.. El empresario ante una situación como la que te encuentras tu, te tiene que restituir en el anterior puesto de trabajo con la misma categoría y la misma retribución salarial y si no es posible por que la empresa no puede mantener ese puesto de trabajo lo tiene que acreditar y despedirte por causas económicas con la consiguiente indemnización de 20 días por año de servicio en la empresa, pero en vista de que la empresa no va a admitir tu solicitud y se quiere deshacer de ti mediante un despido pactado con lo que perderías el derecho a la indemnización, y si se enteran en el SEPE que el despido es un despido pactado, y por lo tanto en fraude de ley, te puedes quedas también sin la prestación por desempleo, por eso yo te aconsejo que antes de pactar con la empresa las condiciones del despido, deberías de consultar con un sindicato o con algún abogado laboralista en que condiciones esta redactado tu contrato de trabajo, (porque podría ser un contrato en fraude de ley) y la posibilidad que tienes de reclamar la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento de lo pactado en lo referente a la movilidad geográfica por la parte empresarial por un lado, y por una causa que de fuerza mayor por otro lado.. No lo pienses mucho y ponte a disposición del abogado de un sindicato o uno particular, pero mientras te asesoras de todos los pasos que tienes que dar sigue en tu puesto de trabajo, hasta que resuelvas la situación bien mediante un acuerdo amistoso con la empresa o mediante una sentencia judicial favorable, si decides y hay base para demandar a la empresa, pero no firmes nada antes de estar bien informada de cuales son tus derechos..

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