Reducción jornada laboral

Hola, mi empresa me quiere hacer una reducción de jornada de 40h a 30h con su correspondiente bajada de sueldo, yo no la quiero aceptar, me gustaría saber que me tiene que dar por escrito para yo poder exigir la recesión del contrato con su correspondiente indemnización, muchas gracias de antemano

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Si la empresa va a llevar a cabo una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo a través de una reducción de horario (y por tanto, de salario), deberá tener razones fundadas para ello, razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Esa modificación de sus condiciones se lo tienen que dar por escrito, el cual usted podrá no firmarlo o firmarlo pero, en este último caso, poner siempre "no conforme", y posteriormente solicitar la rescisión de su contrato conforme al art. 41.3, párrafo segundo del ET, que le otorga el derecho a una indemnización de 20 días de trabajo por año de servicio con un tope de 9 mensualidades.

También tiene usted la opción B, que es continuar en la empresa aún en desacuerdo y, simultáneamente, impugnar esa modificación sustancial de las condiciones de trabajo ante los Juzgados, de forma que, de darle la razón un Juzgado, deberá obligatoriamente ser restituida en sus anteriores condiciones.

Nuestro bufete queda a su entera disposición para cuanto necesite.

Ruego valore y cierre la pregunta.

Y en el caso de que me lo den por escrito y yo firme no conforme porque lo que yo quiero es rescindir el contrato ella se puede retractar? Y yo quedarme sin el derecho a pedirlo?muchas gracias

La empresa no puede (no debe) retractarse, pues el hecho de rescindir el contrato en estos casos no es algo facultativo de la empresa, sino que por Ley deben hacerlo, pues así lo establece el Estatuto de los Trabajadores.

Una opción que usted tiene para garantizar y dejar constancia de su voluntad de rescindir el contrato es que un profesional le elabore un escrito breve en el que, con ciertos formalismos, se ponga de manifiesto su voluntad de rescindir, para que lo firme la empresa. Y en el caso de que la empresa no lo quiera firmar (opción posible), siempre queda la opción B que es enviar por correo certificado y acuse de recibo ese escrito, de manera que aunque la empresa no lo quiera firmar, se acredita su voluntad de rescindir conforme a Ley aún a pesar de la empresa. Esto le sería muy útil para el caso de que surgieran más adelante discrepancias porque la empresa tratara de alegar baja voluntaria o similares.

Como le digo, nuestro bufete queda a su entera disposición para la redacción de escritos, entablar acciones o cualquier otra consulta que nos quiera hacer, pudiendo contactarnos de manera privada si lo desea a través de nuestra web.

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