Baja por enfermedad común

He estado durante todo el embarazo cobrando la baja por enfermedad común, después he cobrado la baja por maternidad, y ya me he incorporado al trabajo, soy fija. Mis embarazos son de riesgo.
Si me quedo otra vez embarazada puedo pedir la baja por enfermedad común, quien me pagaría y que tanto por cien cobraría.
Ya que tengo entendido que si no llevas 180 días cotizados sin haber estado de baja, si pides la baja por enfermedad te descuentan el dinero de tu paro

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Si te vuelves a quedar embarazada sería el mismo procedimiento, cobrarías la prestación de IT y después la prestación de maternidad, en pago delegado la IT y en pago directo la maternidad. Idéntica situación a la actual. (No lo dices pero entiendo que estabas trabajando, en alta, en una empresa durante la IT y no desempleada).
Por otra parte hablas de Riesgo, si la situación previa al nacimiento fuera riesgo durante el embarazo y no IT, la prestación la percibirías de la mutua en vez de la empresa.
Lo que quieres decir es que si me dan la baja por alto riesgo, la baja me la tendría que gestionar la mutua
Baja por "alto riesgo" no existe, existe la baja por riesgo durante el embarazo que para tener derecho a ella tienes que trabajar y solicitarla a la mutua, si te la conceden te abonaría la mutua la prestación por riesgo durante el embarazo.
Mi ginecólogo me ha dicho que el próximo embarazo será de alto riesgo, ¿entonces me dices que es la mutua la que me tiene que hacer el tramite?, En mi empresa la mutua no te da la baja de riesgo hasta las 20 semanas, entonces si no he entendido mal si el ginecólogo me la da de alto riesgo la mutua me tiene que dar la baja desde el primer día, y por ultimo si me lo aceptan me lo descontarían del paro. Yo estoy dada de alta en la empresa soy indefiinida
Muchas gracias por todo
Si tienes un informe favorable de tu médico de cabecera influirá en la decisión que tome la mutua cuando solicites la baja por riesgo durante el embarazo, la mutua emitirá una resolución donde acenten o no la baja por riesgo (la empresa no decide la baja por riesgo).
Si estás trabajando en ningún momento te descontarán nada de la prestación por desempleo, "paro", porque en ningún momento la vas a cobrar. Podrás estar trabajando hasta el parto, de baja médica por enfermedad común (IT) o por riesgo durante el embarazo, si cobras prestación te la abonará la empresa salvo que fuera por riesgo que sería la mutua, hasta enlazar con la prestación de maternidad que lo hará el INSS.
El trámite es el mismo que en tu embarazo anterior.

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