La pregunta no es si lo pueden hacer, porque como pueder pueden hasta dejarte sin vacaciones. La pregunta es si se puede demandar en contra y con razón y si vas a hacerlo. Si no lo vas a hacer, para qué responderte. Si lo vas a hacer, tendrías razón porque el ET de los trabajadores sólo indica que las vacaciones hay que conocerlas con 2 meses de antelación y existe un proceso judicial rápido para el caso de que quieras demandar otras fechas de vacaciones, ya que por supuesto la empresa no puede disponer ese método discriminatorio a no ser que estuviera así en el convenio sectorial.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.
Recomiendo el libro
"Tus Derechos en el Trabajo". En él se explican los engaños habituales en relación a contratos, nóminas, finiquito, despido, ERE, horario, sanciones, traslados bajas, vacaciones, contratas, maternidad...