Puede el jefe descontar en la nomina..

Primero agradecer la ayuda que nos prestáis desinteresadamente.
Mi pregunta va relacionada con los incentivos que cobran algunos compañeros que trabajan en tienda.
La intención de la empresa es descontar de los incentivos que paga por superar objetivos de venta al trabajador, las diferencias que tienen de productos que salen cuando hacen inventario, cuando en realidad en muchas ocasiones están solas en la tienda y les es imposible controlar las dependencias de la tienda cuando entran clientes ya que ellas en muchas ocasiones están en otras dependencias de la tienda, asesorando a clientes de forma personalizada.
Muchas gracias por todo
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La empresa está obligada al abono del incentivo que corresponda, bien por convenio colectivo o por pacto individual (muy importante dejarlo por escrito).
El hecho de quitar el incentivo por no realizar un trabajo que no corresponde, como sería la vigilancia y para esta deberían contratar a un vigilante, no es motivo de sanción, por lo tanto nunca podrían quitar el incentivo. Además las sanciones nunca pueden ser únicamente de salario, pueden ser de tiempo de trabajo y por lo tanto no generar salario, pero nunca descontar salario. Los motivos de sanción están recogidos en el convenio colectivo.
Por lo tanto, si la empresa lo descuenta es tan sencillo como una reclamación judicial de cantidades.
Gracias, has aclarado mis dudas y sobre todo me has dado una buena idea respecto a dejarlo por escrito, pues "las palabras se las lleva el viento"
Saludos.

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