Desde enero 2008 sin subida de sueldo ¿Es legal?

Buenos días,
me rijo según el convenio de Oficinas y Despachos de Madrid. LLevo en mi empresa desde mayo del 2007 y tengo nivel 1. Desde enero del 2008 mi sueldo bruto no ha variado.
He visto que ha aparecido en mi nómina el concpto de Antigüedad (este año hago 4 años), pero se me ha retirado de otros conceptos de mejora voluntaria absorbible y de prorrata pagas extras.
1) ¿La cantidad de antigüedad se puede quitar de otros conceptos?
2) Aunque mi sueldo sea superior al estipulado, ¿no deberían habérseme aplicado los incrementos anuales según lo estipula el convenio? EN el artículo 10 pone "2. El incremento salarial pactado en este Convenio Colectivo no es compensable ni
absorbible con las mejoras que por cualquier concepto vinieran ya concediendo las
empresas. En su consecuencia, las cantidades que se incluyen en el Punto 2 de la
Tabla económica aneja a este Convenio serán abonadas efectivamente, en todos los
casos, sobre los niveles que realmente se vinieran percibiendo."
Gracias,
BSANROD

1 respuesta

Respuesta
En líneas generales tanto la antigüedad como las subidas salariales son absorbibles para los que cobran por enima de convenio. Pero en tu caso el convenio deja clarísimo que no, por tanto te tenían que haber subido el salario tanto en el 2008 como en el 2009, 2010 y ahora 2011. Puedes calcular el que sería tu nuevo sueldo y antigüedad y reclamar las diferencias. Lee este artículo sobre la reclamación de cantidad laboral.
Además cabe la posibilidad de que no sea el convenio correcto el que te están aplicando y que tampoco sea la categoría correcta, pero ese sería tema de otra pregunta.
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ANtes de nada, gracias por la respuesta. Sólo necesito una aclaración:
En el artículo 10, también pone, refiriéndose al párrafo que he copiado anteriormente que : "3.Se exceptuarán de lo dispuesto en el párrafo anterior las posibles cantidades
que, a titulo de subida a cuenta de este Convenio, vinieran ya abonando las
empresas desde el día de su entrada en vigor."
¿Qué significa "subida a cuenta de este convenio? ¿alguna subida salarial o se refiere al concepto de mejora absorbible?
Gracias
Subida a cuenta es cuando una empresa paga un plus anticipándose a la subida salarial, para no perjudicar a sus empleados y no tener que pagar luego todos los atrasos de golpe.

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