Despido Objetivo causas económicas

Buenas tardes experto
Después de 9 años trabajando en la misma empresa (los 5 últimos con reducción de jornada para cuidar niños pequeños), con contrato indefinido, mi mujer se enfrenta al despido.
La empresa tiene dos oficinas, la sede central en la ciudad "A" y una oficina técnica en la ciudad "B". Mi mujer trabaja en la ciudad "B". La empresa la despide con causa objetiva, por causas económicas (la empresa pierde dinero). Le ofrecen 20 días por año. Además a día de hoy se le adeudas las nóminas de Junio, Julio y Agosto.
Con la actual situación y la reforma laboral recién aprobada, ¿qué posibilidades tiene de reclamar 45 días por improcedente? ¿Qué pasa con las nominas atrasadas?. Cuando ha sacado el tema en una reunión que han tenido, le han amenazado con "sacar ante el juez la movilidad geográfica (es decir obligarla a ir a trabajar a la ciudad "A", a más de 300 km de casa y si se niega, despedirla procedente), y perder los 20 días y el paro".
Aun no ha recibido notificación oficial del despido ni ha firmado papel alguno.
Gracias por su ayuda

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Quién tiene que probar el motivo de despido es la empresa y no el trabajador, por lo que si a tu mujer la despiden y esta reclama judicialmente sin que la empresa pueda probar judicialmente lo suficiente los motivos del despido, en este caso tu mujer conseguiría la readmisión o una indemnización de 45 días por año trabajado. Si por el contrario la empresa puede justificar suficientemente las causas del despido tu mujer se quedaría tal y como está: despedida con 20 días por año trabajado.
Además tiene derecho al finiquito y a las cantidades atrasadas.
Si la empresa trata de ahorrarse las cantidades que le corresponde pagar, readmitiendo a tu mujer y trasladándola de ciudad, en este caso tu mujer tendría derecho a reclamar judicialmente por movilidad geográfica (estos juicios son muy rápidos), y si tu mujer ganara el juicio tendría derecho a mantener el puesto de trabajo en la oficina de la ciudad B. Pero si tu mujer perdiera el juicio, tendría la posibilidad de extinguir la relación laboral por su propia voluntad con una indemnización de 20 días por año trabajado.

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