¿Régimen especial y régimen general conjuntamente?
Muy buenas: mi caso es el siguiente, llevo 2 años trabajando en una compañía con un contrato mercantil en el cual me "informaban" que tenia que darme de alta como autónomo. El pasado año y tras una inspección de trabajo el Ministerio de Trabajo obliga a la empresa a darnos de alta de oficio, al reconocer la relación laboral que mantengo con la empresa. Después de solicitar la vida laboral me dicen que estoy en "pluractividad". ¿Qué dedo hacer ante esto, si en la compañía se niegan a facilitar el contrato laboral y las nominas? ¿Debo seguir como autónomo? ¿Si causara baja por enfermedad quien lo cubriría, ya que me obligaron a darmen de alta como autónomo justo el día después de la inspección y solo han pasado 4 meses?
Gracias de antemano por vuestra ayuda, un saludo.
Gracias de antemano por vuestra ayuda, un saludo.
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Respuesta de joseaf2
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