El caso es un poco complejo, pero creemos saber por dónde van los tiros.
En principio, al tener contrato laboral, el despido debe hacerse por escrito, puesto que el trabajador, para solicitar la prestación por desempleo, debe tener la hoja de despido, que es el único documento que permite presentar la Seguridad Social.
Lo que habrá ocurrido es que se haya realizado efectivamente por escrito en la Seguridad Social, y a él no le hayan dado nada por escrito. No pasa nada. Lo primero que debe hacer es acudir a la Tesorería de la Seguridad Social y solicitar un certificado de su vida laboral. También puede hacerse por internet. En él verá qué es lo que ha hecho la empresa (si lo ha despedido o no). Si no lo ha dado de baja, que acuda inmediatamente a su puesto de trabajo, no vaya a ser que lo que quieran sea echarle por ausentismo laboral, porque ahora ese tipo de "pillerías" se llevan mucho. Y al haber sido todo verbal, no tendrá forma de demostrar cómo sucedieron realmente los hechos.
Por supuesto, que no coja ninguna cantidad en metálico o cheque, y que no firme ningún papel en blanco.
Una vez tengas (o tenga el perjudicado) el certificado de vida laboral, vuelve a contactar con nosotros y te seguimos informando del procedimiento, pues depende de lo que la empresa haya hecho se debe actuar de una forma o de otra.
Si quieres, y para una resolución más privada del asunto, puedes ponerte en contacto con nosotros enviándonos un correo a
[email protected].
Esperamos haberte orientado. En espera de sus noticias.