Preaviso para contrato por obras y servicios

Tengo un contrato de obras y servicios. Tras año y medio me cambiaron de grupo y mi subcontrata me cambio de contrato. Ahora me salio otro trabajo y me gustaría saber cuanto tengo que dar de preaviso, ya que he leído que si llevas menos de 1 año no hace falta dar preaviso, pero en la nómina pone lo siguiente.
Fecha de antigüedad
15.06.2009
Fecha de alta
16.07.2007

1 Respuesta

Respuesta
1
Attenea habría que ver que dice tu convenio de aplicación en cuanto a los periodos de preaviso, lo que dice exactamente el Estatuto de los Trabajadores es que: Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.
Así pues para fijar la necesidad de preaviso habríamos de estar a la duración prevista para la obra y servicio para la que estas contratada y a considerar si los dos contratos que has realizado con la empresa se trata realmente de 2 contratos diferentes (ha habido solución de continuidad entre ambos) o se trata de un único contrato (entre ambos contratos no han mediado más de 20 días hábiles). En caso de que la duración prevista de este segundo contrato fuera inferior al año y que realmente se tratará de dos contratos diferentes, entiendo que no sería necesario preaviso salvo que tu Convenio de aplicación determine otra cosa. En el resto de los casos tendrías que preavisar con la antelación que se establezca en tu Convenio de aplicación.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral:

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas