Consignar cantidades de salarios de tramitación
Buenas tardes,
Tengo una duda, no sé si se pueden consignar en el juzgado de lo social cantidades en concepto de salarios de tramitación. Me explico:
¿Hoy hemos tenido una conciliación con un trabajador que nos pedía 217? Más de indemnización ya que la habíamos calculado mal ( ya te pregunté esta misma mañana acerca del tema ) además nos pedía los salarios de tramitación devengados desde la fecha despido ( 27 de octubre ) hasta hoy. En la conciliación hemos ofrecido la diferencia de indemnización más la mitad de las salarios de tramitación y no lo ha aceptado, podríamos consignar ahora los salarios de tramitación que han corrido hasta el día de hoy, ¿para qué no vayan subiendo más hasta la fecha de juicio y sentencia?
Tengo una duda, no sé si se pueden consignar en el juzgado de lo social cantidades en concepto de salarios de tramitación. Me explico:
¿Hoy hemos tenido una conciliación con un trabajador que nos pedía 217? Más de indemnización ya que la habíamos calculado mal ( ya te pregunté esta misma mañana acerca del tema ) además nos pedía los salarios de tramitación devengados desde la fecha despido ( 27 de octubre ) hasta hoy. En la conciliación hemos ofrecido la diferencia de indemnización más la mitad de las salarios de tramitación y no lo ha aceptado, podríamos consignar ahora los salarios de tramitación que han corrido hasta el día de hoy, ¿para qué no vayan subiendo más hasta la fecha de juicio y sentencia?
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Respuesta de enelborde
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