Consignar cantidades de salarios de tramitación

Buenas tardes,
Tengo una duda, no sé si se pueden consignar en el juzgado de lo social cantidades en concepto de salarios de tramitación. Me explico:
¿Hoy hemos tenido una conciliación con un trabajador que nos pedía 217? Más de indemnización ya que la habíamos calculado mal ( ya te pregunté esta misma mañana acerca del tema ) además nos pedía los salarios de tramitación devengados desde la fecha despido ( 27 de octubre ) hasta hoy. En la conciliación hemos ofrecido la diferencia de indemnización más la mitad de las salarios de tramitación y no lo ha aceptado, podríamos consignar ahora los salarios de tramitación que han corrido hasta el día de hoy, ¿para qué no vayan subiendo más hasta la fecha de juicio y sentencia?

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Respuesta
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Si. Así paralizaras los salarios de tramitación. Pero la cuestión es... si le vas a pagar todo... ¿qué sentido tiene esperar a que llegue el juicio? Creo que me he perdido algo
Tienes razón la pregunta es absurda, a lo que me refería era a que si consignamos la diferencia de indemnización que nos pide, si paralizamos los salarios de tramitación o no.
Gracias.
No encuentro la pregunta anterior, pero te comento.
Para parar los salarios de tramitación, lo que debes hacer es aceptar la improcedencia, consignar la indemnización y los salarios de tramitación.
Si quioere que siga hasta el juicio, pero su abogado le dirá que no tiene nada más que sacar.

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