Despido por causas objetivas

He sido despedida hace cosa de dos meses por causas objetivas. Solicité un Acto de Conciliación por despido improcedente y el empresario no se presentó. He sido abonada el 60 % de los 20 días correspondientes al despido objetivo y el empresario me indicó que el otro 40 % se lo tengo que reclamar al FOGASA, pero aun no lo he hecho.
He procedido a reclamar el despido por vía judicial y tengo fecha de juicio próximamente. También he reclamado por un Acto de Conciliación una cuantía no abonada en nómina por unos conceptos de pluses que nunca había percibido, y al cual en el Acto de Conciliación llegamos a un acuerdo.
Mientras tanto he sido informada que el empresario va a solicitar mi readmisión antes de la celebración de juicio.
¿Puede ser esto admitido si había sido despedida por causas objetivas? ¿Puede anular el despido antes de celebrase el juicio? ¿Tengo obligaciones de incorporarme? ¿Qué consecuencias podría tener si no acepto la readmisión? ¿Habría alguna opción de impugnar la readmisión?
Antes del despido, la relación laboral era muy intensa, y me sentí acosada moralmente y psíquicamente, ¿Podría esto de alguna forma anular la readmisión?
Yo no podría incorporarme a mi antiguo puesto de trabajo por estos motivos, por lo que necesito me indiquen que opciones tengo.

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1- El empresario no es quien para decir que te pague el FOGASA. Eso lo dirá el juez en la sentencia si lo considera oportuno, pero antes embargará bienes de la empresa. Lo mismo con cualquier deuda.
2- Si ya ha pasado el acto de conciliación ya no te puede readmitir aunque te mande 300 burofaxes. Ahora tiene que haber juicio y sentencia. Lee el artículo de la web Laboro sobre acoso.
Muchas gracias por su respuesta y aclaración. Lo que ocurre es que estoy muy confundida, pues un conocido especializado en casos laborales debido a su trabajo, me dijo que en un principio el empresario puede solicitar la readmisión solicitándolo por escrito al juzgado, me imagino que solicitaría la anulación del despido, pero no estoy segura.
Luego mi abogado de oficio me dijo que no era posible solicitar la readmisión antes de la sentencia, pero él no está especializado en temas laborales. Luego el gestor que ha tratado el despido en representación de la empresa me ha dicho que ya lo iba a solicitar a través del Juzgado, y la incorporación sería inmediata.
Así que ahora prefiero creerme lo que usted me dice y que no es posible la readmisión antes de la sentencia, pues está claro que es lo último que quisiera ocurriera, al mismo tiempo no me quiero llevar una sorpresa desagradable recibiendo un burofax!
Aunque el empresario decida por la readmisión tras la sentencia, yo prefiero que sea tras ella y al menos que sea el juez quien decida el tipo de despido.
La legislación deja claro que no es posible la readmisión después del acto de conciliación. Si el juzgado la concede estupendo, pero entonces te lo comunicará el juzgado a ti o a tu abogado. Los burofaxes de la empresa te los pasas por ahí.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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