Extinción de contrato por incapacidad total permanente

Me acaban de resolver favorablemente un expediente por incapacidad permanente total y en consecuencia en la empresa me han dado la suspension/excedencia por tal motivo. He estado desde el 6 de mayo de 2008 de baja, lógicamente sin vacaciones en estos 2 años (desde el 1 de enero de 2008 hasta 26 de Octubre de 2009 que termina la relación laboral con la empresa) y mi pregunta es si aparte de la nomina que me han estado pagado normalmente hasta que se ha hecho cargo la S.S. Tengo derecho a algún tipo de finiquito por parte de la empresa. Yo estaba con contrato indefinido desde el año 1990

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No, cuando la finalización de la relación laboral, es consecuencia de la suspencio o en su caso la extinción del contrato de trabajo por causas de incapacidad permanente, no da lugar a ningún tipo de indemnización o finiquito por parte de la empresa.

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