Despido estando de baja

Hola, mi pregunta era que si me podían despedir estando de baja... ¿Deberían añadir algo a la indemnización por estar de baja? Y que pasa con esa baja, porque hasta que no vaya al médico otra vez sigo de baja, ¿no? ¿Esos días me los paga la seguridad social? Como verás estoy bastante perdida en este tema y me gustaría que me ayudases, gracias...

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Si (xxxxxx) pueden despedirte a día de hoy no es causa de nulidad del despido estar de baja. Otra cosa es que si estas de baja difícilmente van a encontrar un motivo para el despido y tendrán que pagarte la indemnización correspondiente (45 días por año con limite de 42 mensualidades si se trata de un despido disciplinario). En cuanto a tu situación a partir del despido seguirías cobrando de la entidad que tenga la gestión de la contingencia correspondiente, es decir si tu baja es por la Seguridad Social, sería el INSS el que se hiciera cargo del pago de la prestación. Para ello deberás dirigirte al INSS para solicitar el pago directo. En caso de que tuvieras derecho al paro dicho tiempo de baja se te descontaría del tiempo de duración del paro.
Deberían ser los 45 días por año trabajado, pero me he dado cuenta que tengo una clausula en el contrato que pone que cuando el contrato se extinga por causas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización a la que se refiere el art. 53.5 de estatuto de los trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el art. 56 será de 33 das por año trabajado...
No lo entiendo muy bien, la verdad, pero creo que es que me vana pagar 33 días. ¿Tendría derecho a reclamar los 45 días o no merece la pena?
(xxxxxx) si tu contrato es un contrato para el fomento de la contratación indefinida tal y como parece ser la indemnización por despido objetivo improcedente es de 33 días por año con un límite de 24 mensualidades tal y como dices en tu consulta. En ese caso no puedes reclamar 45 días pues la indemnización legalmente prevista es de 33. Lo que si puedes vigilar es que la empresa cumple con todos los requisitos que tiene que cumplir ante un despido objetivo que son: comunicación escrita expresando la causa, concesión de un plazo de preaviso de un mes desde la comunicación al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo y poner a tu disposición una indemnización de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades en el momento en que se te comunique el despido (se podría entregar en el momento de la extinción si la empresa no tuviera liquido y la extinción fuera por causa económicas). En caso de que falte alguno de los requisitos anteriores estaríamos ante un despido nulo que podríamos demandar como tal.
La verdad es que al final firmé el despido ayer y me pagaron los 45 días, estoy contenta con la indemnización que me han dado.
Muchísimas gracias por tu ayuda.

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