Días de asuntos propios en empresa sin convenio

Querría saber si un trabajador que está en una empresa con CNAE 7500 (actividades veterinarias), cuya actividad es laboratorio de alimentación y no tiene convenio colectivo, tiene derecho a día de asuntos propios.

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Si fuera cierto que no tienes convenio se te aplicaría el Estatuto de los Trabajadores, que no tiene días de asuntos propios.
Las empresas no pueden pagar lo que quieren. Tienen que pagar obligatoriamente lo que diga el convenio para la categoría real que ejerzas, en sus tablas salariales actualizadas al año en curso. En el mismo convenio suele describirse las funciones o titulaciones de las categorías, para que puedas identificar la que te corresponde. Por supuesto tienen que pagar el salario base y todos y cada uno de los pluses a los que obligue el convenio. Además tampoco pueden escoger el convenio que quieran, sino el que les corresponda según su actividad y eso se sabe por el ámbito funcional, que suele estar en el primer artículo del convenio. En un sindicato puede que te revisen las nómimas. Si estás cobrando de menos, lo que es muy probable, puedes conseguir que te paguen lo que te deban de los 12 meses anteriores a la demanda. Las empresas son muy aficionadas a decir "no tenemos convenio" para así pagar lo que les salga de las pelotas. En un caso así lo único que tienes que hacer es ir a un sindicato a que te digan cuál es. Si estás cobrando menos de lo que diga el convenio le podrás cobrar a tu empresa la diferencia de los 12 meses anteriores.

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