Indemnización laboral

Estimado experto: trabajo en hostelería con dos compañeros. Uno de ellos tiene un contrato de 6 meses que termina el 9 de enero, pero ya le han comunicado que a partir de mañana, 16 de agosto ya no trabaja más. Otro, tiene contrato de cuatro meses que termina el 8 de septiembre. Por ultimo, yo tengo contrato fijo discontinuo. Mi pregunta es:¿En el caso de que mañana o el 31 de agosto cierren el negocio, tal y como tienen previsto, nos corresponde algún tipo de indemnización, o solamente recibiríamos el finiquito? Gracias por tu atención y contestanos lo antes posible, pues como ves el tema es bastante urgente.

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Os corresponde tanto el finiquito como la indemnización, por ser despidos improcedentes, para lo cual debéis demandar para conseguir el máximo de días de indemnización (45 días por año)
Acordaros, tenéis 20 días de la fecha del despido para efectuar la demanda ante elSMAC.

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