Excedencia voluntaria - no reincorporación
Mi marido y yo queremos pedirnos una excedencia voluntaria para viajar. Yo trabajo como responsable del departamento comercial de una agencia de viajes y él es el responsable de compras de una empresa que se dedica a comercializar componentes electrónicos, se rigen por el convenio del metal.
He intentado encontrar información en los convenios colectivos pero no me queda claro si podríamos pedirlo por un plazo menor al que establece el Estatuto de Trabajadores o si tendría que ser por dos año.
En todo caso nuestra principal duda es qué pasará a la vuelta ya que al tener cargos de responsabilidad es más que previsible que nuestras empresas no los mantengan vacantes. Si al volver y notificar nuestra solicitud de reincorporación, la empresa puede probar efectivamente que no hay plazas disponibles para que volvamos, ¿qué pasa entonces? Tendríamos derecho a cobrar prestación por desempleo (¿paro)? ¿Qué tendríamos que hacer para cobrarlo? ¿Tendríamos qué esperar un tiempo mínimo entre que notificamos nuestro deseo de volver y dar por finalizada la relación laboral por falta de plazas? Lo que nos gustaría es estar seguros de que a la vuelta contamos con la protección de la prestación si no es posible reintegrarnos al trabajo.
He intentado encontrar información en los convenios colectivos pero no me queda claro si podríamos pedirlo por un plazo menor al que establece el Estatuto de Trabajadores o si tendría que ser por dos año.
En todo caso nuestra principal duda es qué pasará a la vuelta ya que al tener cargos de responsabilidad es más que previsible que nuestras empresas no los mantengan vacantes. Si al volver y notificar nuestra solicitud de reincorporación, la empresa puede probar efectivamente que no hay plazas disponibles para que volvamos, ¿qué pasa entonces? Tendríamos derecho a cobrar prestación por desempleo (¿paro)? ¿Qué tendríamos que hacer para cobrarlo? ¿Tendríamos qué esperar un tiempo mínimo entre que notificamos nuestro deseo de volver y dar por finalizada la relación laboral por falta de plazas? Lo que nos gustaría es estar seguros de que a la vuelta contamos con la protección de la prestación si no es posible reintegrarnos al trabajo.
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Respuesta de quimita
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