Intento de despido

Lo más brevemente posible puesto que tiene mucha miga.
Soy representante sindical en mi empresa desde hace aprox. 4 años. Desde el primer momento estuve marcada por la empresa, por el simple hecho de salir elegida (primer punto negativo)
Por otro lado, el año pasado, y tras el regreso al trabajo después de mi 2ª baja maternal (no solo me cambiaron de puesto a otro con muchas menos responsabilidades, sino que además no me pagaron una cuantía anual que había estado percibiendo durante 5 años. Demandé a la empresa`pero no hubo acuerdo en la Conciliación porque se argumento que era una retribución voluntaria y ese año no me la merecía (segundo punto negro). Sin embargo, por diversas circinstancias me volvieron a colocar temporalmente a mi anterior puesto de trabajo en el que sigo actualmente.
Por último, este año la empresa ha presentado un ERE de extinción para 20 contratos y a los 20 días de hacerse efectivo presenta otro ERE de suspensión para aprox. 1/3 de la plantilla. Por supuesto me han incluido en él y este mes ya tengo asignada una semanita de paro. Gran parte de mi trabajo va a desaparecer, por lo que quieren amortizar mi puesto (soy la única en el departamento) y me consta que la empresa no me quiere mover a otro puesto ( y lo hay vacante, de hecho mi jefe pidió que me recolocarán en esa vacante pero la empresa no quiere).
Mis preguntas son:¿Qué es lo que realmente pueden hacer conmigo? ¿Me pueden despedir estando en un ERE, siendo representante sindical y teniendo reducción de jornada y mostrando la empresa una aversión directa contra mi sindicato? ¿Sería un despido nulo directamente o simplemente improcedente? ¿Qué indemnización me correspondería?
Ya se que son muchas cosas pero necesito tenerlas lo más claras posible y cotejar diferentes repuestas.

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1
Al ser representante legal de los trabajadores tienes preferencia de permanencia en la empresa, por lo tanto no pueden despedirte ni reducirte la jornada.
Te da igual que el despido fuera declarado nulo o improcedente, porque en este caso decides tú y no la empresa entre readmisión o indemnización.
Si te despiden siempre te corresponden 45 días por año, no tengo en cuenta los 20 días en caso de ERE porque tienes preferencia de permanencia, y porque como representante supongo que negociarás mejoras con la empresa para que la indemnización sea más alta.
Habla con tu sindicato para estar asesorada en todo momento y no dejes de reclamar todas las irregularidades que se den, para protegerte y para hacerte respetar.
Muchas gracias por tu respuesta. Efectivamente tengo ayuda del sindicato, pero hasta el jueves no tengo hora con el abogado y así voy preparada por si las moscas.
Tengo otra preguntilla al respecto. La indemnización en caso de despido, ¿se calcularía con el salario que estoy actualmente cobrando ( trabajo 6 h.) o en relación a una jornada completa de 8 h. ( como ocurre con el desempleo)?
Muchísimas gracias de nuevo
Saludos
La indemnización se calcula con el salario actualizado, si trabajas a tiempo parcial sobre las 6 horas que trabajas, salvo que el motivo sea por guarda legal, en el que se calcularía sobre la jornada real que tuvieras.
Perdona, pero no he comprendido bien la respuesta. A lo mejor es que yo no me he expresado correctamente.
Actualmente disfruto de reducción de jornada por guarda legal de mi hija, por lo que trabajo 6 h y media. ¿El cálculo se haría sobre estas horas o sobre el horario anterior a la reducción, es decir, una jornada normal de 8 h.?
Muchas gracias de nuevo
Por el motivo de la reducción el cálculo de la indemnización se haría con el salario actualizado pero teniendo en cuenta la jornada a tiempo completo, la de 8 horas diarias.

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