No readmisión después de excedencia


- El 12 de Septiembre de 2008 se me concedió una excedencia voluntaria de 6 meses en la Entidad Financiera donde trabajaba.
- Ayer 3 de Febrero solicité "informalmente" mi deseo de reincorporarme, pero parece ser que no tienen ninguna intención de hacerlo excusándose en que no hay vacantes.
- No he cobrado el paro (hubiera anulado mi excedencia) y tampoco he trabajado en otro sitio.
Preguntas:
- ¿Cómo puedo pedir la prestación por desempleo?
- ¿Me la darían con una carta de no admisión de la empresa?
- ¿Debo tener su negativa y mi solicitud de reincorporación de forma escrita y sellada para evitar males futuros?
- Si me vence el 12 de Marzo mi situación de excedencia, ¿es a partir de entonces cuando puedo solicitarla?
- Si no me reincorporan y cobro el paro (en caso que sea posible), ¿pierdo mi derecho de readmisión preferente?
- Yo dudo mucho de la no existencia de vacantes, si en su página web hay algún anuncio, ¿me puede servir como prueba?
- ¿Me recomendaría asistencia legal?

1 respuesta

Respuesta
1
Para cobrar el desempleo sería suficiente con que trabajaras unos días en otra empresa y solicitarlo, porque ya han pasado más de tres meses, es posible que te pidan un certificado de la empresa de que de momento no hay vacante libre, en este caso sería suficiente con solicitarlo a la empresa.
De forma regular tendrás que solicitar el ingreso en la empresa para evitar perder el derecho de preferencia en caso de vacante, si te enteraras que han contratado a alguien sin darte preferencia tendrías derecho a reclamar por despido una indemnización de 45 días por año o la readmisión.
Tienes que solicitar por escrito la readmisión antes de la finalización de la excedencia.
Si cobras el desempleo y te readmiten este se paralizaría, si no te readmiten continuarías cobrando el desempleo hasta que hubiera una vacante o trabajaras en otro sitio.
El anuncio en la web puede servirte como prueba, pero la prueba definitiva será la constancia de una contratación, puedes hacerlo a través de compañeros, representantes de los trabajadores, denuncia en la inspección,...
En principio estos trámites puedes realizarlos tú mismo, salvo que tuvieras que demandar a la empresa, pero ante la menor duda siempre te recomendaré que busques ayuda profesional de forma directa para estar en igualdad de condiciones que la empresa.
Por favor, corrígeme si me equivoco.
No tengo derecho al paro (teóricamente) si estoy en situación de excedencia, ya que si la pido, es cierto que pierdo mi derecho preferente.
Es cierto que hay gente que "engaña" y lo que hace es trabajar unos días (por ETT por ejemplo) y luego solicitan el paro... Pero este no es mi caso.
Mi duda era que - además hoy he recibido burofax denegándome mi readmisión por falta de vacante libre - si con ese burofax puedo pedir el paro mañana (por ejemplo). Yo entiendo que sí me sirve.
Me ha quedado claro que si cobro el paro, no excluye mi derecho readmisión preferente. De todos modos, debido a mi desesperación en los momentos actuales, opto a reclamar mi reincorporación o bien indemnización legalmente.
Perdona, me olvidaba una última duda... Si decido gestionar el paro, ¿pierdo mi derecho a demandar a la empresa?
Con el burofax debería servirte como justificante en la oficina del INEM, pero para poder cobrar desempleo debes generarlo, si llevas 6 meses sin trabajar no te lo van a conceder, al menos tendrías que cotizar algún día para volver a solicitarlo.
Si solcitas el desempleo no pierdes el derecho de preferencia de ingreso en la empresa, deberás esperar hasta el momento que finalice la excedencia para poder demandarla porque antes no está obligada a readmitirte, antes de la finalización debes solicitar reincorporación y a partir de la finalización de excedencia en el momento que tengas constancia de contrataciones podrías reclamar como si de despido se tratara.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas