El Jefe quiere que trabaje aunque cobre el paro

Ante todo gracias experto por tu atención.
El caso es que en la empresa de un familiar el Jefe los ha tirado a todos a la calle de un día para otro. No ha hecho ERE, no hay quiebra declarada, etc., etc. Les ha dicho que a la calle pero que sigan trabajando en la empresa y que el LES PAGA SOBRE EL PARO EL 25% MÁS hasta alcanzar el salario que tienen en la actualidad. Les debe la extra de junio y la mensualidad de octubre. Les ha dicho que les avala el finiquito y que se lo pagará cuando pueda. Debe a la Seguridad Social, no paga los impuestos de circulación de los coches de la empresa, tiene pólizas de Crédito que no puede pagar, creo que debe hasta de callarse.
A la espera de tus noticias, recibe un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1
Joder... si me descuido me debe hasta a mi... Voy a revisar mis pagarés y ahora vuelvo.
(Perdona que me tome a broma una situación tan delicada)
En fin, no me haces ninguna pregunta concreta, por lo que supongo que quieres que te de mi opinión y te diga que puede pasar:
Respecto al jefe, claro está que se puede meter en un buen lio, por posibles sanciones, indemnizaciones y recargos. Todos sabemos que la situación está muy difícil para las empresas y que están sufriendo mucho, pero esa nunca puede ser la salida.
Respecto a los trabajadores(que supongo que es la parte que te interesa), más de los mismo. Como sabrás y su propio nombre indica, la prestación por desempleo es para parados, no para trabajadores. Por tanto, estaríais recibiendo una prestación de forma fraudulenta, ello provoca que el trabajador tenga que devolver la prestación recibida indebidamente y además no pueda percibir la prestación durante 1 año. Por tanto, si os pilla una inspección de trabajo, el lio también es para los trabajadores.
El empresario lo que tiene que hacer, es realizar un ERE de suspensión temporal de los empleos, pero con el procedimiento establecido al efecto. Se debería comunicar a la Autoridad Laboral y los trabajadores pasáis a percibir la prestación por desempleo y cuando finalice el plazo de suspensión volveríais a la empresa. Este se ahorrará una serie de indemnizaciones por despido que le van a llevar a la ruina a la empresa y por tanto todo el mundo perderá su empleo. Ello siempre que se tenga esperanzas de que la situación se podrá superar en un futuro.
Si la situación no se va a poder superar o se va a poder superar despidiendo a unos cuantos trabajadores, la fórmula es el despido colectivo, el FOGASA paga una parte de las indemnizaciones.
En fin, te he contado una serie de cosas, pero no se si dan respuesta a tus incertidumbres. Si no es así házmelo saber. En caso contrario agradecería que valoraras y cerraras la respuesta, es que tengo un montón de respuestas sin valorar.
La broma es parte de el juego y con la que está cayendo, se agradece.
Es cierto que no había pregunta concreta, te la hago ahora. ¿Cómo pueden ir contra la empresa?, saben que no va a poder pagar ni harto de vino. ¿Cómo ves lo del aval de la indemnización?, ¿Es normal?.
Ten la certeza de que se valorará tus respuestas.
Un saludo.
a) Si el jefe les ha dado la carta de despido, el certificado de empresa y el finiquito, pero no se los ha pagado. Lo que tienen que hacer es no ir a trabajar y denunciar al empresario por un impago de salarios e indemnizaciones en un plazo de un año. Los trabajadores tienen preferencia a la hora de hacerse efectivos los pagos en un concurso de acreedores.
Y también ir al inem a que le aprueben la prestación por desempleo. Salvo que quieran reclamar por despido improcedente, pero viendo la situación económica de la empresa, improcedente no es.
b) Si el empresario no les ha dado ni carta de despido ni certificado de empresa ni finiquito. Entonces deben denunciar por despido improcedente en la forma, para que este sea procedente se debe hacer por escrito. Por tanto, 1) ir al juzgado de lo social y reclamar contra el despido. El plazo es de 20 días. El empresario podrá volver a hacer un nuevo despido pero cumpliendo los trámites obligatorios. Y quedando los trabajadores en situación legal de desempleo para poder acceder a las prestaciones.
Lo del aval de la indemnización, no lo he visto en mi vida, que se avale una persona a si misma, me parece un poco fuerte. Otra cosa es que la empresa sea una sociedad y os avale con su patrimonio personal, esto si sería posible, pero vamos, viendo como le va a la empresa no me fiaría mucho yo del aval del jefe.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas