Urgente, excedencia y despido

¿Qerría saber si a efectos de un despido improcedente el año de excedencia también computa es decir si he trabajado tres años y he estado uno de excedencia me pagaran 45 días por tres años trabajados o por cuatro años trabajados?
Muchas gracias de antemano

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El cálculo de las indemnizaciones se hace con el tiempo efectivo de trabajo. Es decir que en tu caso se cuentan 3 años. Se pueden sacar decimales; por ejemplo si has estado 1.5 años tendrías 67.5 días.
Recomiendo este libro para informarse sobre derechos laborales y demás asuntos legales en el trabajo: www.lulu.com/content/4150910.
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En mi web tienes más información: www.laboro.es.gd/laboral.htm
Muchas gracias, excelente respuesta, es que mi jefe me ha incluido en la cuenta el año de excedencia y yo no quiero hacer nada ilegal, ahora se que ese año no me corresponde,

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