Excedencia voluntaria

Hola
He solicitado en mi empresa una excedencia voluntaria por interés particular el dis 21 de octubre con una duración de un año prorrogable. LLevo en mi empresa 2 años y medio y mi pregunta es si el sueldo del mes de octubre lo cobraría como siempre o si por el contrario me lo darían todo junto con la liquidación. O bien, me pagarían el sueldo entre el 1 y el 5 de Noviembre y más adelante me darían la liquidación.
Gracias
Respuesta
1
Cuando comunicas una excedencia, dejas de pertenecer a la empresa a partir de la fecha de inicio de la excedencia, y por ello, la empresa debe finiquitarte, estando ahí incluida tu nomina hasta la fecha de comienzo de la excedencia, tus vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de tus pagas extras, si no están prorrateadas a lo largo del año.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas